miércoles, 31 de diciembre de 2014

2015 AÑO DEL REFERENDÚM CANALERO

"El cargo mas importante en una democracia, es el cargo de ciudadano"

-Lois Brandel

Ante la falta de patriotismo, ante la ausencia de información, ante la imposición gubernamental, ante una concesión leonina, inconsulta e inconstitucional, ,ante la agresión represiva a nuestros campesinos, alma y nervio de nuestra raza,  ante la eminente destrucción de nuestro lago, ríos, montañas, reservas naturales, biodiversidad, ante la herida de nuestra  tierra , alma de la patria y pilar de nuestro pueblo heroico, trabajador, humilde y luchador, exigimos  con contundencia democrática  un REFEREDÚM CANALERO PARA EL 2015.

A partir del primero de enero del 2015, todos los ciudadanos, organizaciones, cooperativas, empresarios, estudiantes, religiosos, campesinos, mujeres y hombres de nuestra patria, tendrán que participar en la formulación e impulso del referéndum canalero, el espíritu de un referéndum radica en la proactividad del pueblo.

La primera discusión radica en la base  jurídica de la consulta, en  la Constitución Política y en la Ley Electoral se encuentra reglamentada las consultas populares, la otra discusión radica en el diseño estructural de la consulta democrática.

El articulo número 2 de la Constitución establece que;
Artículo 2. Cn “ La soberanía nacional reside en el pueblo y la ejerce a través de instrumentos democráticos decidiendo y participando libremente en la construcción y perfeccionamiento del sistema económico, político, cultural y social de la nación. El poder soberano lo ejerce el pueblo por medio de sus representantes libremente elegidos por sufragio universal, igual directo y secreto, sin que ninguna otra personal o reunión de personas pueda arrogarse esa representación. También lo puede ejercer de forma directa a través del referéndum o plebiscito. Asimismo podrá ejercerlo a través de otros mecanismos directos, como los presupuestos participativos, las iniciativas ciudadanas, los consejos territoriales, las asambleas territoriales y comunales de los pueblos originarios y afrodescendientes, los consejos sectoriales, y otros procedimientos que se establezcan e la presente constitución y las leyes.

Este artículo Constitucional es contundente, LA SOBERANIA NACIONAL RESIDE EN EL PUEBLO. De la base Constitucional tendremos que saltar a la reglamentación Electoral, en este sentido la norma que regula los mecanismos jurídicos para ejecutar un referéndum es la Ley 331, Ley Electoral y sus reformas, ley de rango constitucional. El articulo número uno establece de la Ley electoral establece que; La presente Ley de es de carácter constitucional y regula; inciso b) Las consultas populares en forma de referéndum y plebiscito que se convoquen en su oportunidad.

TÍTULO IX

CAPÍTULO ÚNICO

DEL PLEBISCITO Y REFERENDO

Art. 133 Plebiscito es la consulta directa que se hace al pueblo sobre decisiones que dentro de sus facultades dicte el Poder Ejecutivo y cuya trascendencia incida en los intereses fundamentales de la nación.

Art. 134 Referendo es el acto de someter directamente ante el pueblo leyes o reformas, de carácter ordinario o constitucional, para su ratificación.

Art. 135 La iniciativa del Decreto Legislativo de un plebiscito corresponde al Presidente de la República o directamente al pueblo cuando éste así lo solicite con un número no menor de cincuenta mil firmas.

Art. 136 La iniciativa del Decreto Legislativo para un referendo corresponde a un tercio de los Diputados ante la Asamblea Nacional o directamente al pueblo cuando éste así lo solicite con un número no menor de cincuenta mil firmas.

Art. 137 Aprobado el Decreto Legislativo de convocatoria, el Consejo Supremo Electoral elaborará el calendario que contendrá la duración de la campaña de propaganda y el día de las votaciones. El Consejo aplicará la presente Ley en lo que fuere pertinente.
El financiamiento para la campaña de propaganda de los plebiscitos y referendos y el uso de los medios de comunicación se regularán de acuerdo a lo que disponga el Consejo Supremo Electoral.

Art 138 En los plebiscitos y referendos se declarará aprobada la opción que obtenga la mayoría de votos válidos.

El primer paso patriótico, en defensa de la soberanía nacional, en defensa de la democracia participativa, en defensa del Lago Cocibolca, en defensa de los ríos, en defensa de nuestros humedales, en defensa de nuestra biodiversidad, en defensa de nuestra forma vida, en defensa de nuestros valores culturales, en defensa de nuestros pueblos originarios, en defensa de nuestros campesinos, en defensa de esta y futuras generaciones de nicaragüenses, nos organizamos, nos llamamos y nos convocamos, para juntos, todos y todas lograr derrotar para siempre  a la inconstitucional, inconsulta y leonina concesión canalera otorgada mediante la Ley 840.

En el decreto legislativo de convocatoria a Referéndum tiene que incluirse la derogación de la inconstitucional, inconsulta y antipatriótica concesión canalera, reglamentada en la  Ley 840. y decir para siempre NO AL CANAL INTEROCEANICO, ABROGACION LA LEY 840, NO AL CANAL.

Analizando el segundo punto, el relacionado a la estructura y diseño del modelo de consulta, decimos que  este mecanismo jurídico-electoral esta encuadrarlo dentro del modelo de Referéndum abrogativo: el cual Podrá derogar leyes vigentes de igual o menor jerarquía que las propuestas.

Para subir la parada y utilizar de manera eficiente los recursos del erario público destinados a esta consulta, podríamos proponer un REFERENDÚN con una doble función, un REFRENDÚM PROPOSITIVO- ABROGATIVO, es decir, que además de decir NO AL CANAL, podemos decir SI A “ALGO”, ponemos proponer, podemos legislar a favor del desarrollo humano sostenible de nuestra Nicaragua, en mi carácter de ciudadano, propongo a mis compatriotasestablecer r un porcentaje especifico del presupuesto General de la Republica para invertir en educación de Calidad primaria y secundaria, propongo el 6% para educación primaria y secundaria, con esto tendríamos un porcentaje del 12% invertido en educación incluyendo el 6% de las Universidades,  abra que relacionarlo con el porcentaje del PIB, por ejemplo Finlandia invierte un 6.8 % de su PIB en educación y tiene uno de los modelos educativos más exitosos del mundo, cuba invierte un 13.1 %. Partimos del reconocimiento de que esta es una propuesta presupuestaria, sabemos que la raíz del problema está en el modelo, por esta razón tendremos que invertir estos nuevos recursos en el diseño de un modelo educativo moderno, vanguardista, de valores democráticos, de protección de nuestra madre tierra y de muchas otras cosas que necesitamos en nuestro nuevo modelo educacional, necesitamos nuevos maestros, nuevas centros de educación ciudadana, con todas las condiciones necesarias para formar a nuestros ciudadanos, a nuestro capital humano, a nuestra razón de existir como pueblo y como especie, aquí, en este pedacito de tierra que nos regaló Dios y el cual fue bautizado como el paraíso de Mahoma por los invasores europeos.

NO AL CANAL, NO A LA CONSESION CANALERA, SI A LA EDUCACION DE CALIDAD EN NICARAGUA.

Esta reflexión fue concebida después de innumerables conversaciones con estudiantes, taxistas, deportistas, políticos, empresarios, campesinos, mujeres y hombres que a lo largo del 2014  circularon y compartieron  mi vida y mi zona medio, mi percepción electoral me dice que el NO AL CANAL Y EL SI AL CANAL ESTA  dividido por sectores, los empresarios están a favor, algunos políticos están a favor, algunos adultos mayores están a favor, en el caso del NO AL CANAL, los campesinos están en contra, los estudiantes están en contra, la juventud esta en contra, los ambientalistas están en contra y los jóvenes están en contra, estoy seguro que podríamos darle una APALEADA ELECTORAL  a la inconsulta, inconstitucional y antipatriótica concesión canalera, representada en la ley 840.

Estoy claro que sistema electoral es un desastre, por esto mismo podríamos proponer en nuestro decreto legislativo ciudadano, la destitución inmediata de los funcionarios públicos señalados de cometer graves actos de corrupción, iniciando con el presidente del Consejo Supremo Electoral, la simbología de este cambio tiene que ser el inicio de un nuevo sistema electoral, el pueblo no podrá seguir permitiendo la destrucción del sistema electoral, es ahora o nunca.

Definitivamente esta propuesta tiene que tener un liderazgo, ese liderazgo lo tiene  desde mi punto de vista el GRUPO COCIBOLCA, LA ACADEMIA DE CIENCIAS E HISTORIA DE NICARAGUA y todos los ciudadanos y organizaciones sociales que en nuestro carácter personal e institucional sintamos hervir la sangre ante la injusticia y la desigualdad que existe entre gobernados y gobernantes, raíz de todas las desgracias de nuestro heroico pueblo, los que queremos la paz, los que odiamos la guerra, la violencia, la injusticia, la pobreza y la desigualdad de nuestro pueblo, PROPONEMOS UN REFERENDUM CANALERO.

El 2015 será un año importante en la historia de Nicaragua, es hora del despertar del pueblo, es hora de la revolución pacífica, es hora del relevo generacional, es hora del cambio de modelo de desarrollo, el desarrollo sostenible es la única opción, la conservación del ambienta y de los recursos de la tierra, es la prioridad número uno, junto a la educación de calidad, tenemos que frenar el avance de la frontera agrícola, tenemos que frenar el despale en Bosawas, tenemos que frenar la contaminación del Lago Cocibolca, tenemos que frenar la contaminación a nuestros ríos, tenemos que gestionar nuestros recursos, tenemos que salvar a la patria, tenemos que DECIR NO AL CANAL INTEROCEANICO POR NICARAGUA.

Les deseo de corazón, feliz año nuevo a todos los que leen mi blog, que la paz los acompañe siempre y les recuerdo que SANDINO VIVE, LA LUCHA SIGUE!!!!!!! Desde San Ramón, Matagalpa, Pantasma, Jinotega,Asturias, Apanas, con la contribución y vivencias de mi amada Granada, a las 9:52 minutos de la noche 31 de diciembre del 2014.



BIBLIOGRAFÍA
1.       
LEY ESPECIAL PARA EL DESARROLLO DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE NICARAGUENSE ATINGENTE A EL CANAL, ZONA DE LIBRE COMERCIO E INFRAESTRUCTURA ASOCIADA.

2.       CONSTITUCION POLITICA DE NICARAGUA CON SUS REFORMA INCLUIDAS.
3.       LEY ELECTORAL


4.       CONVERSACIONES CON EL PUEBLO.

domingo, 28 de septiembre de 2014

DEBATE CANALERO, ¿UNA DISCUSIÓN SUPERFLUA?


El asunto de fondo, del debate canalero,  radica, desde mi punto de vista,  en la visión cosmológica de todos los nicaragüenses. ¿Cómo logramos apuntar a la excelencia en todo lo que hacemos? (trabajar, debatir, construir, opinar, construir un canal……) ¿Cómo apuntamos a la excelencia en todo lo que somos? (maestros, estudiantes, ambientalistas, políticos, comerciantes, empresarios, transportistas). ¿Cómo?, ¿Cómo lo logramos?

Comparto la solución de la educación como mecanismo de cambio, creo que,  en la formación de ciudadanos está la clave del éxito, y cuando hablo de educación no me refiero a la pantomima que practicamos en la actualidad, hablo de; formación de valores, educación financiera, deportes de alto rendimiento, tecnificación especializada, cultura, arte, idiosincrasia.  La formación de maestro altamente calificados y la  construcción de verdaderos Centros de formación , primaria, secundaria y Universidades sería un paso importante para la erradicación de la pobreza, la corrupción, la contaminación y destrucción del ambiente.

 Teóricamente la solución  educacional es factible, pero; ¿educación para qué?

Si partiéramos de 3 preguntas claves. ¿Qué es Nicaragua hoy? (¿Nación, Estado, proyecto, comunidad?). ¿Cómo sería la Nicaragua ideal? (democrática, justicia social, igualdad, paz,) ¿Cómo llegamos a la Nicaragua Ideal? ( educación, canal interoceánico, inversión, políticos?, podríamos llegar a un punto de partida.

Si de estas tres preguntas, nacerían dos nuevas preguntas, ¿Quién está obligado a responder?, quien está obligado a resolver?. Entonces, podríamos partir de la respuesta de un famoso jurista norteamericano,  el cual declaró que el puesto más importante dentro de una democracia  es el del ciudadano, creo firmemente, que tenía toda la razón. Partiendo de todo esto y buscando más respuestas que preguntas, reflexiono sobre nuestra carta fundacional y sobre nuestros ciudadanos.

La Constitución Política de Nicaragua nos da un parámetro jurídico para fundar el argumento  de estas preguntas, y de su respuesta, en los Principios Fundacionales, artículo 2,  se establece que:

Artículo 2 La soberanía nacional reside en el pueblo y la ejerce a través de instrumentos  democráticos decidiendo y  participando libremente en la construcción y perfeccionamiento del sistema económico, político, cultural y social de la nación.

El poder soberano lo ejerce el pueblo por medio de sus representantes libremente elegidos por sufragio universal, igual, directo y secreto, sin que ninguna otra persona o reunión de personas pueda arrogarse esta representación. También lo puede ejercer de forma directa a través del referéndum y el plebiscito. Asimismo, podrá ejercerlo a través de otros mecanismos directos, como los presupuestos participativos, las iniciativas ciudadanas, los Consejos territoriales, las asambleas territoriales y comunales de los pueblos originarios y afrodcseendientes, los Consejos sectoriales, y otros procedimientos que se establezcan en la presente Constitución y las Leyes.

 La utopía jurídica está plasmada en nuestra carta magna, es la obligación de  la presente generación de nicaragüenses, la ejecución de este mandato constitucional, la puesta en marcha de un plan y las acciones que conlleven a lograr resultados positivos. La Constitución Política debe dejar de existir como poesía jurídica y transformarse en acciones concretas, objetivas, constructivas y positivas ejecutadas por los ciudadanos de nuestro pueblo,  con constancia y dedicación.

¿Qué es Nicaragua hoy?, ¿Cómo  sería la Nicaragua ideal?, ¿Cómo llegamos ahí?  En estas tres preguntas, podríamos resumir la génisis de la solución final, sin estas tres preguntas,  el debate canalero  se convierte en una discusión superflua y más aún, si nos enlodamos con el horror semántico de CANAL SI O CANAL NO. El reto está en aprovechar el gran  espacio comunicacional  que se ha creado con el proyecto canalero, para comunicar el sueño utópico de nuestra Nación y de nuestros ciudadanos.

 

martes, 12 de agosto de 2014

RUMBO A LA FELICIDAD

¿La felicidad es un camino? ¿La felicidad es el destino? ¿Es un objetivo?

La felicidad es el sonido que hace un mango de rosa, cuando cae por el patio, cuando lo recojo, cuando lo siento, cuando me comunico. Esa energía,  ese sabor, de dulce, muy dulce, un sabor de felicidad.

Alejado está el humano de su medio ambiente, atrapado en el tráfico , la hora, Facebook, tweeter, wassap, wakaka o todo ese instrumento tecnológico. ‘Temo que un día la tecnología supere la interacción humana. El mundo tendrá una generación de idiotas.' Decía el compañero Albert Einstein.

La felicidad, es entender a la tristeza, como una parte más de la vida, esperando siempre no encontrarla rumbo al camino que nos lleva a ese lugar.

La felicidad y el clima, la felicidad y la relatividad, la felicidad y el ambiente, la felicidad y el trabajo, la felicidad y el camino, la felicidad y el tiempo, la felicidad y el capital, la felicidad y la salud, la felicidad y el espíritu, la felicidad y el porvenir, la felicidad y el medio, la felicidad y la soledad, la felicidad y la paz, la felicidad y la felicidad, la felicidad y el holocausto, la felicidad y el genocidio, la felicidad y el parricidio, la felicidad y el suicidio, la felicidad y la guerra, la felicidad y los árboles, la felicidad y los ríos, la felicidad y el aire, la felicidad y la vida, la felicidad y lo mío, la felicidad y lo tuyo, la felicidad en el tiempo, la felicidad de día, la felicidad de noche, la felicidad con frio, la felicidad caliente, la felicidad obtusa, la felicidad contenta, la felicidad continua, la felicidad de mierda.


Pero feliz, 

viernes, 1 de agosto de 2014

LEGISLACIÓN, COMPETENCIA Y JURISDICCIÓN AMBIENTAL EN NICARAGUA




Muchas veces las leyes son como las telarañas: los insectos pequeños quedan prendidos en ellas; los grandes la rompen.
Anacarsis


En total contravención con la técnica de redacción del blog , comparto con ustedes , una pequeña fotografía del marco normativo, jurisdiccional e institucional relativo a la organización jurídica del sistema normativo-ambiental de Nicaragua. seguiré trabajando en una publicación completa de todo lo relativo al marco jurídico institucional relacionado al ambiente.

El marco normativo está compuesto por; Tratados Internacionales, preceptos Constitucionales, Leyes Generales y Especiales, Reglamentos, Ordenanzas Municipales, Normas Técnicas Obligatorias, Concesiones forestales, minería, exploración y explotación de hidrocarburos, pesca, etc.

También tenemos disposiciones administrativas, órganos jurisdiccionales y competentes, Centralizados y Descentralizados, , entre ellas, Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, Secretaría de Recursos Naturales (SERENA) de la Costa Atlántica, Ministerio de Energía y Minas, Instituto Nacional Forestal Procuraduría Ambiental, Unidad especializada de delitos ambientales del Ministerio Publico, Unidades Ambientales Municipales, Batallón Ecológico, CAPPS.

Espero el presente esfuerzo sirva para apropiar a  los ciudadanos que trabajan o colaboran en la defensa y conservación de los recursos Naturales de la República de Nicaragua.

CONSTITUCIÓN Y AMBIENTE

Artículo 10.  El territorio nacional es el comprendido entre el Mar Caribe y el Océano Pacífico y las Repúblicas de Honduras y Costa Rica. De conformidad con las sentencias de la Corte Internacional de Justicia del ocho de octubre del año dos mil siete y del diecinueve de noviembre del año dos mil doce, Nicaragua limita en el Mar Caribe con Honduras, Jamaica, Colombia, Panamá y Costa Rica.

La soberanía, jurisdicción y derechos de Nicaragua se extienden a las islas, cayos, bancos y rocas, situados en el Mar Caribe, Océano Pacífico y Golfo de Fonseca; así como a las aguas interiores, el mar territorial, la zona contigua, la zona económica exclusiva, la plataforma continental y el espacio aéreo correspondiente, de conformidad con la ley y las normas de Derecho Internacional, y las sentencias emitidas por la Corte Internacional de Justicia. La República de Nicaragua únicamente reconoce obligaciones internacionales sobre su territorio que hayan sido libremente consentidas y de conformidad con la Constitución Política de la República y con las normas de Derecho Internacional. Asimismo, no acepta los tratados suscritos por otros países en los cuales Nicaragua no sea Parte Contratante”.

Artículo 60 Los nicaragüenses tienen derecho de habitar en u n ambiente saludable, así como la obligación n de su preservación y conservación. El bien común supremo y universal, condición para todos los demás bienes, es la madre tierra; esta deberá ser amada, cuidada y regenerada.  El bien común de la Tierra y de la humanidad nos pide que entendamos la Tierra como viva y sujeta de dignidad. Pertenece comunitariamente a todos los que la habita n y al conjunto de los ecosistemas

DERECHOS DE LAS COMUNIDADES DE LA COSTA CARIBE

Artículo 89 Las comunidades de la Costa Caribe son parte indisoluble del pueblo nicaragüense y como tal gozan de los mismos derechos y tienen las mismas obligaciones.

Las comunidades de la Costa Caribe tienen el derecho de preservar y desarrollar su identidad cultural en la unidad nacional; dotarse de sus propias formas de organización social y administrar sus asuntos locales conforme a sus tradiciones. til listado reconoce las formas comunales de propiedad de la tierra de las comunidades de la Costa Caribe. Igualmente reconoce el goce, uso y disfrute de las aguas y bosques de sus tierras comunales.

Recomendamos: Articulo 102, 177,180 y 181

UNIDAD ESPECIALIZADA DE DELITOS CONTRA EL MEDIO AMBIENTE Y LOS RECURSOS NATURALES

La Unidad Especializada de Delitos contra el Medio Ambiente fue creada mediante Acuerdo No. 683 dictada por el señor Fiscal General de Republica y Jefe del Ministerio Publico, Doctor Julio Cesar Centeno Gómez, el veintidós de mayo del año dos mil seis, en cumplimiento y aplicación del principio de especialización establecidas en el ejercicio de la función acusadora.- es creada además con el fin de responder a la nueva legislación de Nicaragua ante la entrada de la vigencia de la ley de delitos contra el medio ambiente Ley 559, el 20 de mayo del 2006 que fue incorporado en el capitulo 15 del código penal vigente.

El objetivo de la Unidad Especializada de Delitos Contra el Medio Ambiente y los Recursos Naturales:

- Investigar y resolver las denuncias por delitos ambientales a nivel nacional.

- Capacitación a Fiscales en la materia de Delitos Ambientales.

- Contribuir con el Fiscal General de la Republica en el diseño y convalidación de las políticas de persecución.

Establecer coordinación relacionadas con la Materia Ambiental

La Unidad del Medio Ambiente y los Recurso Naturales esta bajo la dependencia directa del Fiscal General de la República y su competencia se extiende a todo el territorio nacional. Esta integrada por 3 Fiscales Especializados, cuenta  además con 17 Fiscales Auxiliares de  enlace ubicados en los Departamentos y Regiones Autónomas del Atlántico Norte y Sur del país, y con una Unidad enlace en el Departamento de Managua.

Su sede se ubica, en las oficinas centrales del Ministerio Público, en la ciudad de Managua.

Esta unidad tiene entre sus funciones:

- Orientar las investigaciones a la Policía Nacional y coordinar con las autoridades administrativas como el MARENA, INAFOR, MEM, ALCALDIAS y otros la averiguación de los delitos ambientales.
Contribuir con el Fiscal General de la Republica en el diseño y convalidación de las políticas de persecución penal.

- Capacitación de asesoría y supervisión de todos los fiscales del país y en los casos específicos.

- Representar a la victima y al medio ambiente durante todo el proceso penal.

- Ejercer la acción penal coadyuvante a la preservación de los recursos naturales la flora y la fauna nacional.
Delitos que se persiguen:

Construcción en los lugares prohibidos, Contaminación de suelo y sub suelo, Aprovechamiento ilegal de Recurso Naturales,  Pesca en tiempo de veda, Caza de animales en peligro de extensión, Comercialización de flora y fauna, Corte, transporte y comercialización ilegal de madera, Otros contenidos en el capítulo 15 ley 641.

PROCURADURÍA NACIONAL PARA LA DEFENSA DEL MEDIO AMBIENTE Y DE LOS RECURSOS NATURALES

La Procuraduría Nacional para la Defensa del Medio Ambiente y Recursos Naturales, es una rama especializada de la Procuraduría General de la República encargada de promover acciones administrativas, civiles o penales en contra de las personas naturales o jurídicas que trasgreden la legislación ambiental.

Su origen radica formalmente en la Ley General de Medio Ambiente y los Recursos Naturales (Ley No. 217) del 6 de Junio de 1996; sin embargo fue hasta 1998 que inició operaciones con dos Procuradores para atender todo el país. Desde el año 2007 el Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional ha fortalecido las competencias de la PGR en materia ambiental, afianzando su participación en procesos penales y administrativos; de igual forma se ha extendido la cobertura territorial en la atención de problemas ambientales a través de una oficina de la PGR en cada Departamento del país y en las Regiones Autónomas del Caribe.

A la par del desarrollo moderno del Derecho Ambiental, la PGR se ha enfocado en la aplicación de los Principios de Prevención y Precaución en sus actuaciones. De esta forma ha dejado de ser una institución que promueve acciones legales hasta que se ha violentado la legislación ambiental. La capacitación a las Instituciones vinculadas al tema ambiental y el concepto de Institución facilitadora, han permitido la adopción de soluciones a problemas ambientales que habían sido recurrentes.

Una de las formas novedosas de resolver eficientemente los problemas ambientales, ha sido la implementación de acuerdos voluntarios de reparación de daños, lo que está basado en el interés especialísimo del interés jurídico que se tutela, tal es el caso del medio ambiente. Esto ha permitido que las Empresas adopten medidas de remediación o readecuación de sus sistemas de tratamiento, sin necesidad de agotar las instancias judiciales, pues el fin ulterior de todo proceso ambiental es precisamente la reparación, mitigación o compensación del daño ambiental.

Misión

Incidir de forma efectiva en la gestión ambiental garantizando el aprovechamiento racional de los recursos naturales y la disminución de actividades que generan impactos negativos significativos para el ambiente.

Visión

Institución de respuesta perceptible ante las denuncias de la población por violación a la legislación ambiental.

Implementación de Formas Alternas de Resolución de Conflictos Ambientales

De acuerdo a las competencias establecidas en la Ley Orgánica de la PGR y el Código Penal, se han venido implementando la mediación como una forma alterna de resolver los conflictos ambientales, a tono con el avance del Derecho Ambiental moderno. Es de esta forma que para los casos más gravés, el Presidente de la República emitió el Acuerdo Presidencial No.252-2008; mediante el cual se faculta al Procurador General de la República para suscribir los Acuerdos de Reparación de Pasivo Ambiental, los que consisten en la reparación in natura del daño ocasionado al ambiente y recursos naturales o su indemnización en caso de no ser técnicamente factible dicha reparación. Para todos aquellos casos de menor gravedad en los distintos Departamentos del país, se ha venido aplicando el Código Penal y CPP.

Que faltas ambientales puedo denunciar ante la PGR.

La PGR tiene competencia para recibir denuncias que afecten cualquier recurso natural o elemento que compone el medio ambiente. De igual forma cualquier afectación medioambiental que ocasione perjuicios a la población. Una vez que se recibe la denuncia, se valora la gravedad de la misma y se determina si se tramita por la vía administrativa o penal, en dependencia de la gravedad del daño.

La población puede interponer denuncias por:

1. Contaminación Atmosférica; esta abarca ruido, olores desagradables, emanación de polvos, gases, temperatura, radiaciones y cualquier otro contaminante que afecte la calidad del aire y la salud de la población.

2. Contaminación de suelo; derivada de actividades industriales, domésticas o de cualquier tipo, que contaminen el suelo y degraden su calidad, tal es el caso de vertimiento de aceites o sustancias contaminantes como ácido de baterías, aserrín, hidrocarburos.

3. Contaminación de aguas; puede presentarse de forma directa, cuando un camión cisterna realiza descargas en un río o cuando se utiliza plaguicidas para la pesca de peces o camarones. También puede ser indirecta cuando se descargan contaminantes que afectan el agua subterránea o cuando existen sistemas de tratamiento (fosas sépticas, pozos de infiltración) que descargan aguas mal tratadas.

4. Corte de árboles; se puede denunciar cualquier modalidad de corte de árboles, sea en el casco urbano, áreas protegidas, bosques de todo tipo, cortes a tala raza o aprovechamiento sin permiso, en áreas privadas o estatales. No están incluidos dentro del corte ilegal la poda de los árboles.

5. Acumulación de desechos sólidos; estos pueden ser peligrosos no peligrosos. Entre los no peligrosos están las chatarras metálicas, plástico o cualquier desecho que pueda afectar la salud de la población mediante la generación de insectos o roedores. También pueden denunciarse las afectaciones provocadas por desechos peligrosos, tales como baterías, transformadores eléctricos, envases de plaguicidas entre otros.

6. Captura y comercio ilegal de fauna; entre estas se encuentra la venta ilegal de animales silvestres en calles y semáforos, el comercio sin autorización de MARENA y la venta de huevos y carne de tortuga o de cualquier otro animal silvestre que se encuentre en veda, ya sea en restaurantes, mercados o parques.

7. Extracción ilegal de minerales; la extracción de arena, piedrín, material selecto, hormigón en los ríos, playas y yacimientos que no cuenten con autorización de MARENA y el Ministerio de Energía y Minas también es objeto de atención por parte de la PGR.
Podemos señalar una serie de instrumentos jurídicos aprobados posteriormente a la aprobación de la Ley 
217;

1.         Ley especial sobre exploración y explotación de minas, Ley número 387 que tiene por objeto establecer el régimen jurídico para el uso racional de los recursos minerales de la Nación, además de normar las relaciones de las Instituciones del Estado con los particulares respecto a la obtención de derechos sobre estos recursos y la de los particulares entre sí que estén vinculados con la actividad minera. (Ley especial sobre exploración y explotación de minas, Ley número 387, aprobada el 26 de junio del 2001, publicada en la gaceta, diario oficial número 151 del 13 de agosto del 2001 y su reforma la ley número 525 aprobada el 15 de marzo del 2005, publicada en la Gaceta Diario oficial número 62 del 31 de marzo del 2005)

2.         Ley Creadora de la asignatura del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, Ley numero 342 Crease la Asignatura “Medio Ambiente y Recursos Naturales”, la que se impartirá en todo los centros de estudios de primaria y secundaria, sean estos públicos o privados y constara de enseñanza teórica en las aulas y prácticas ecológicas fuera de las mismas (Ley Creadora de la asignatura del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, Ley numero 342 aprobada el 28 de Marzo del 200, Publicada en la Gaceta Diario Oficial Número 102 del 31 de mayo del 2000)

3.         Ley de exploración y explotación de Recursos Geotérmicos, Ley número 443, tiene por objeto fomentar y establecer las condiciones básicas que regularan las actividades de exploración y explotación de los recursos geotérmicos del país para la generación exclusiva de energía eléctrica. (Ley de exploración y explotación de Recursos Geotérmicos, Ley número 443, aprobada el 24 de octubre del 2002, Publicada en la Gaceta Diario Oficial Número 222 del 21 de noviembre del 2002, con reformas y adiciones incorporadas, Ley Numero 594 aprobada el 2 de agosto del 2006, Publicada en la Gaceta diario oficial número 173 del 05 de septiembre del 2006.

4.         Ley de conservación, fomento y desarrollo sostenible del sector forestal, Ley número 462, tiene por objeto establecer el régimen legal para la conservación y desarrollo sostenible del sector forestal tomando como base fundamental el manejo forestal del bosque natural, el fomento de las plantaciones, la protección, conservación y la restauración de áreas forestales. (Ley de conservación, fomento y desarrollo sostenible del sector forestal, Ley número 462, Aprobada el 26 de junio del 2003, Publicada en la Gaceta Diario Oficina número 169 del 4 de septiembre del 2003, con sus reformas incorporadas, Ley numero 487 aprobada el 29 de abril del 2004, Publicado en la Gaceta Diario Oficial número 875 de mayo del 2004.)

5.         Ley de Pesca y Acuicultura, Ley número 489, tiene por objeto establecer el régimen legal de la actividad pesquera y de acuicultura, con el fin de asegurar la conservación y el desarrollo sostenible de los recursos hidrobiológicos, optimizando su uso de las pesquerías tradicionales y promoviendo la diversificación de las no tradicionales y de la acuicultura. (tiene por objeto establecer el régimen legal de la actividad pesquera y de acuicultura, con el fin de asegurar la conservación y el desarrollo sostenible de los recursos hidrobiológicos, optimizando su uso de las pesquerías tradicionales y promoviendo la diversificación de las no tradicionales y de la acuicultura.

6.         Ley de Veda para el corte aprovechamiento y comercialización del Recurso Forestal, Ley número 585 La protección de los recursos naturales del país son objeto de seguridad nacional, así como la más elevada responsabilidad y prioridad del Estado. Dentro de ese espíritu, se establece a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, una veda por un periodo de diez (10) anos, para el corte, aprovechamiento y comercialización de árboles de las especies de caoba, cedro, pochote, pino, mangle, y ceibo en todo el territorio nacional, que podrá ser renovable por periodos similares, mayores o menores.
En las Áreas protegidas legalmente la veda será permanente y por tiempo indefinido y aplicable a todas las especies forestales exceptuando el uso de leña para fines exclusivamente domésticos dentro de dichas áreas.

En las zonas de amortiguamiento de las reservas de Biosfera BOSAWAS, Reserva de Biosfera del sureste y la reserva Natural Cerro Wawashag, se establece un área perimetral de 10 kilómetros medidos a partir del límite del área protegida que las constituyen en la que únicamente se permitirá el uso con fines domésticos no comerciales y para uso exclusivo en el área.

7.         Se establece una zona de restricción de quince quilómetros desde los límites fronterizos hacia el interior del país donde no se permite el aprovechamiento forestal para todas las especies, la cual queda bajo vigilancia y control del ejército de Nicaragua, en coordinación con las Instituciones competentes. (Ley de Veda para el corte aprovechamiento y comercialización del Recurso Forestal, Ley número 585, aprobada el 7 de junio del 2006. Publicada en la Gaceta Diario Oficial número 120 del 21 de junio del 2006)
8.         Ley General de Aguas Nacionales, Ley número 620, tiene por objeto establecer el marco jurídico institucional para la administración, conservación, desarrollo, uso, aprovechamiento sostenible, equitativo y preservación de cantidad y calidad de todos los recursos hídricos existentes en el país, sean estos superficiales, subterráneos, residuales y de cualquier otra naturaleza, garantizando a su vez la protección de los demás recursos naturales, los ecosistemas y el ambiente. (Ley General de Aguas Nacionales, ley Numero 620, aprobada el 15 de mayo del 2007, publicada en la gaceta, Diario Oficial numera 169 del 4 de septiembre del 2007.

9.         Le especial de comités de agua potable y saneamiento, Ley número 722, tiene por objeto establecer disposiciones para la organización, constitución, legalización y funcionamiento de los comités de Agua potable y saneamiento existentes en el país y de los que se organicen conforme la presente Ley. Los comités de agua potable y saneamiento serán identificados en el curso de esta ley por su sigla “ CAPS” (Le especial de comités de agua potable y saneamiento, Ley número 722 aprobada el 19 de mayo del 2010, publicada en la Gaceta Diario Oficial número 111 del 14 de junio del 2010)

10.       Ley para la protección y el bienestar de los animales domésticos y animales silvestres domesticados, Ley Numero 747, tiene por objeto establecer las regulaciones para la protección y el bienestar de los animales domesticados y animales silvestres domesticados, que se encuentren cohabitando con los seres humanos.( Ley para la protección y el bienestar de los animales domésticos y animales silvestres domesticados, Ley Numero 747, aprobada el 11 de mayo del 2011, publicada en la Gaceta Diario oficial Numero enero 96 del 26 de mayo del 2011.

11.       Ley del Régimen jurídico de el Gran Canal Interoceánico de Nicaragua y Creación de la autoridad del Gran Canal interoceánico de Nicaragua, Ley número 800, tiene por objeto desarrollar el Régimen jurídico de el Gran Canal interoceánico de Nicaragua y crear la Entidad denominada de el Gran Canal Interoceánico de Nicaragua, que representara al Estado de la Republica de Nicaragua en la creación y conformación de una empresa ara la construcción y operación de el Gran Canal de Nicaragua. (Ley del Régimen jurídico de el Gran Canal Interoceánico de Nicaragua y Creación de la autoridad del Gran Canal interoceánico de Nicaragua, Ley número 800, publicada en la Gaceta Diario Oficial número 128 del 09 de julio del 2012)




lunes, 28 de julio de 2014

LA POBREZA EN NICARAGUA


El primer lugar en el cual debemos  erradicar la pobreza de Nicaragua está ubicado en lo más profundo de nuestra mente, de nuestra conciencia y sobre todo, nuestra cosmovisión.

c'est moi qui l'ai fait

Siempre fuimos una nación rica, multimillonaria,  en esta tierra esta misma, vivíamos como reyes, como dios manda, en armonía total con la naturaleza, la especie humana existía en una constante  conexión natural, los árboles,  lagos, lagunas, frutas, verduras, tierras infinitas, pájaros, sonidos, paz, paisajes, aire puro, ambiente, vivíamos sin lugar a dudas, conectados con la vida.

Formamos grandes civilizaciones,1 La civilización maya por ejemplo; los maya se extendió por el sur de Yucatán, parte de Guatemala y Honduras. Entre los siglos III y XV.

Los mayas  no constituían un estado unificado, sino que se organizaban en varias ciudades-estado independientes entre si que controlaban un territorio más o menos amplio. Tampoco hablaban una única lengua.

Las construcciones mayas se hicieron de madera y piedra básicamente. Entre las maderas se prefirieron la coba y el zapote, por ser muy resistentes a los ataques de las termitas. Entre las piedras se usaron caliza, arenisca, mármol, etc.

Realizaron todo tipo de construcciones: palacios rectangulares y alargados, templos, juegos de pelota, calzadas (sacbeob) que unían las ciudades principales, fortificaciones, baños de vapor (temazcal). Las construcciones más importantes de esta época fueron Copán, Quiriguá, Piedras Negras, Palenque y Tikal.

Desarrollaron un calendario muy preciso, con un año de 365 días. El año solar (haab) tenía 18 meses de 20 días cada uno y otro más de sólo cinco días. Los nombres de los meses eran: Pop, Uo, Zip, Zotz, Tzec, Xul, Yaxkin, Mol, Chen, Yax, Zac, Ceh, Mac, Kankin, Moan, Pax, Kayab, Cumbu y Uayeb.

Utilizaban un sistema de numeración vigesimal posicional. También tenían un signo para representar el cero, y así poder realizar operaciones matemáticas complejas. Numeración Maya

El punto tiene un valor numérico de 1 y la raya de 5. Así podían contar hasta 19. Para hacer números mayores (igual que nosotros para hacer números mayores de 9) tenían que colocar esos signos en determinadas posiciones. Al ser un sistema vigesimal, o sea, que considera el 20 como unidad básica para la cuenta, cada espacio que se avanza en el número representa 20 veces más que el espacio anterior. Esto se entiende mejor si lo comparamos con el sistema que usamos nosotros.

El nuestro es un sistema decimal, o sea, que nuestra únidad básica de cuenta es el 10. Tenemos, por tanto, signos numéricos para contar del hasta 9. Si queremos contar más allá necesitamos jugar con las posiciones y colocar al menos dos signos numéricos, uno en primera posición y otro en segunda. La primera posición son las unidades y la segunda, como es un sistema decimal, representa 10 veces más que la primera, esto es las decenas. Así veinticinco nosotros lo escribimos 25 5 de unidades más 2 de unidades por 10 (2x10=20).
Un maya haría lo siguiente. € ______ La raya ocupa la primera posición, que son unidades, y por tanto es 5. 
El punto ocupa la segunda posición que significa 20 veces más de las unidades. Por tanto un punto en segunda posición vale 20 (y dos puntos valdrían 40).

Los mayas creían que antes de existir nuestro mundo habían existido otros, pero que estos habían sido destruidos por diferentes catástrofes.El universo tenía tres partes: el cielo, la tierra y el inframundo. El cielo tenía 13 capas (la última de ellas en contacto con la tierra) y cada una gobernada por uno de los Oxalahuntikú. El dios Itzamná, a quien se representaba con forma de reptil o iguana, regía el Cielo en su conjunto. El inframundo estaba debajo de la tierra, y estaba dividido en 9 capas. Cada una de estas capas era gobernada por uno de los Bolontiku o Señores de la Noche.

 La historia de los pueblos indígenas de américa latina, Mayas, Incas o Aztecas entre las más conocidas actualmente en Latinoamérica  a la cual percibo como un todo, Nicaragua es un país de la patria Grande.

Cuando los españoles invadieron   lo que hoy conocemos como américa latina, todo se volvió distinto, fue un impacto grande para la cosmovisión indígena, se impuso a sangra y a fuego, una nueva percepción de la vida y esto es uno de los factores dentro de mi teoría experimental,    de la grave “pobreza”  que existe actualmente en Nicaragua y otras regiones de América Latina.

Perdimos la identidad y nos convertimos en dualidad y de dentro de esta dualidad no logramos adaptar nuestro desarrollo social a tiempo, esto en gran medida, por la fusión de dos mundos totalmente distintos.

Adoptamos nuevo idioma, importamos la percepción de las fronteras y las líneas imaginarias que dividen territorios, hasta entonces todavía la tierra era comunal, adoptamos nuevo dios, nueva organización social y otras tantas cosas.

Pero bueno, esto es historia, ahora, dentro de los nuevos conceptos de; democracia, de Estado de derecho,  bienestar social,  desarrollo humano,  civilización, capital,  economía de mercado ,de primer mundo, segundo , tercero y otros tantos inventos de la especie humana, tenemos que pensar, como logramos el desarrollo humano sostenible en Nicaragua?.

Son alarmantes los grados de ‘pobreza” que existen en Nicaragua  , existen mecanismos para erradicarla la desigualdad y la pobreza ; el principal es  la educación, esta es un arma de erradicación masiva de la pobreza, la educación, la educación, la educación, la formación de nuestros ciudadanos en; valores, cosmovisión, matemáticas, ciencias, deportes, educación financiera, de historia, de cultura, de mucha cultura.

 El “gobierno” de este país tiene que tener una sola meta;  que cada ciudadano que nace en Nicaragua tenga las mejores escuelas, universidades, campos deportivos, hospitales, y todos aquellas necesidades que ayuden a cada “ser” a logras sus objetivos existenciales y reducir a la mínima expresión los mecanismos creados por el hombre contra el hombre; la pobreza, la esclavitud, la alineación, la guerra, las injusticias y otras tantas cosas horribles de la especie humana.  

Estos objetivos no serán ejecutados ¡JAMAS! por ningún gobierno, la única manera de llegar al objetivo de desarrollo humano sostenible vendrá por el camino de pueblo, de los ciudadanxs, es de ellos  y ellas la máxima carga de responsabilidad y obligación, cada generación tiene un compromiso social con su tiempo, un compromiso individualizado, este, de acciones, pro actividad, propuestas, caminos y luchas, este barco saldrá a flote con  visión a largo plazo, con  voluntad, con  acciones, con la convicción de todos sus ciudadanos.

Esta noche y muchas noches más, abra en Nicaragua, niños y niñas en las calles, gente con hambre, gente humillada, personas que mueren por falta de medicinas, dolor, miseria y todas esas cosas horribles de la pobreza. Vos y solo tú, son los responsables directos de esta realidad,  es la obligación de él, yo, ellas, nosotras, vosotros y todos de colaborar con lo que podamos a cambiar la realidad de nuestra gente, si creen que hablando mal del gobierno van a lograr algo, al final, se van a decepcionar, y no digo que no critiquen al gobierno, el que sea, lo que digo es que también, hay que cumplir nuestra parte!!!!, el Ambiente no tiene ningún problema, el problema es del humano.


1.http://clio.rediris.es/fichas/otras_mayas.htm

miércoles, 16 de julio de 2014

¿PORQUE LOS HOMBRES GOLPEAN Y MATAN A LAS MUJERES EN NICARAGUA?


“Si Eva hubiera escrito el Génesis, ¿cómo sería la primera noche de amor del género humano? Eva hubiera empezado por aclarar que ella no nació de ninguna costilla, ni conoció a ninguna serpiente, ni ofreció manzanas a nadie, y que Dios nunca le dijo que parirás con dolor y tu marido te dominará. Que todas esas historias son puras mentiras que Adán contó a la prensa.”

Eduardo Galeano

Es una pregunta difícil, ¿qué tiene que ver esto con el ambiente?, me dirían algunos, los ambientalistas sabrán la respuesta.

Por curiosidades de la vida, me encontré con un horrible caso relacionado con  violencia contra la mujer, encontré en el proceso, algunas respuestas de algunas   preguntas que tenía antes de conocer el mundo oscuro de la violencia contra la mujer,

 Tenemos que señalar sin temor alguno y con mucha determinación,  alguna de las razones, de la impunidad de los agresores, el descontrol de la violencia y la muerte de  mujeres en este país.
1.      
      La ineficiencia y corrupción del Poder Judicial.

Es increíble la burocracia obsoleta por la que tiene que pasar una mujer violentada, golpeada y psicológicamente  afectada por un hombre o pareja.
a.      La Policía Nacional: , la victima llega a interponer la denuncia  y esperar a que lo atienda un oficial de manera arrogante e ineficiente,  además de la agresión, es un sufrimiento burocrático extra, el asunto de la denuncia, si acaso, detienen al agresor bajo prisión preventiva,

b.      Dos días después sueltan al agresor que está mucho más enojado por los dos días que estuvo preso, comienza a acosar a la víctima y destruirla en todos su círculo social, si la victima la encuentra y llama a la policía, imagínense que pasa???, negras, no hay gasolina, o no hay policías.

c.       Hay un circulo muy oscuro detrás de algunos casos, los cuales no voy a ni siquiera mencionar, pero los abogados penalistas los conocerán bien.

2.       Los abogados caibiles que solo estafan a la víctima y no le ponen atención al caso, algunas Organizaciones que son mucho bla bla bla y nada de paleta.

3.       EL Ministerio Publico que está más allá de su capacidad.

4.       La confusión Estado- Partido-Policía etc, es una causante directa de ineficiencia de la administración de justicia en Nicaragua y eso hay que decirlo siempre, la administración Pública, el Gobierno y el Partido son tres cosas totalmente distintas, si las revuelves, las jodes a las tres y jodes el país.

5.       Las ideas retrogradas de algunos representantes de la iglesia.

6.       Problema Social: increíblemente hay sectores de la sociedad nicaragüense que aceptan y alienta la violencia contra la mujeres,

-          CHEPITO:  ¿Aniseto, viste que Manuel vergueo a la Maria?
-          ANISETO: si Chepito, esa Maria se lo merecía, se lo busco, esta bien vergueda, verdad mi amor.
-          MATILDE: Si Amor, es que la María es bruta y no le hace caso al marido.
Este dialogo parecería pura ficción narrativa, pues no, son extractos de conversaciones que he tenido con el entorno social de la víctima.

Estas son algunas de las razones sistémicas que impulsan la impunidad, la injusticia y la muerte de una cantidad alarmante de mujeres en Nicaragua. Obviamente habrá otras, esta es una lista resumida y reducida.

No me lo van a creer, no me lo van a creer, ALGUNAS MUJERES SON CÓMPLICES DEL MALTRATO Y LA VIOLENCIA CONTRA OTRAS MUJERES.
Es increíble la postura de algunas mujeres, inclusive dentro de las autoridades, que eligen una posición de protección del agresor en contra de la víctima.

60 días después de ser golpea, afectada psicológicamente, destruida  emocionalmente y humillada en su entorno social, saben que es lo que pasa. NADA, ABOSOLUTAMENTE NADA.

Para concluir adecuadamente el presente  artículo de opinión, me gustaría hablar de poesía, mucha, pero mucha poesía, el título de este poema es “LEY 779, Ley Integral contra la violencia hacia las mujeres y de reformas a la Ley 641.

Artículo 1. Objeto de la Ley.

La presente Ley tiene por objeto actuar contra la violencia que se ejerce hacia las mujeres, con el propósito de proteger los derechos humanos de las mujeres y garantizarle una vida libre de violencia, que favorezca su desarrollo y bienestar conforme los principios de igualdad y no discriminación, establecer medidas de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia y prestar asistencia a las mujeres víctimas de violencia, impulsando cambios en los patrones socioculturales y patriarcales que sostienen las relaciones de poder.

Podríamos reconstruir este objetivo y decir que la Ley tiene el objetivo de ¿actuar?, muy buena palabra eligieronJ,” ACTUAR”  (contra la violencia que se ejerce hacia las mujeres) = ahí el espíritu de la Ley, garantizar, (ahí es donde la están cagando):
1.       Una Vida libre de violencia
2.       Igualdad y no discriminación
3.       Medidas de protección integral para; -Prevenir, Sancionar y erradicar la violencia.
4.       Prestar asistencias a las mujeres víctimas de violencia ( vieran que horrible esto)
5.       Impulsando cambios en los patrones socioculturales y patriarcales que sostienen las relaciones de Poder.

El punto número 4 es el más importante de todos, lamentablemente será muy difícil impulsar ese cambio vía 779, este asunto lo resolvemos en las escuelas , ahí está el quit del asunto, esta generación, LA DOY POR PERDIDA.

.

-        1 Un total de 34 mujeres fallecieron en los primeros cinco meses del presente año a causa del delito de femicidio, informó hoy la organización Mujeres Católicas por el Derecho a Decidir.

-          El número de víctimas en 2014 es ligeramente menor al de 2013, cuando se reportaron 36 feminicidios entre enero y mayo, según el último informe de la organización no gubernamental defensora de las mujeres.

-          Una cantidad similar de féminas fueron víctimas de femicidio en los primeros cinco meses de 2012, de acuerdo con el documento.

-       La provincia donde más asesinatos de hombres hacia mujeres se reportaron este año fue en Jinotega, ubicada en la zona norte de Nicaragua.

-          Las provincias de Managua y la Región Autónoma Atlántico Norte (RAAN) siguieron en la lista de más femicidios, con 5 cada una.
-         
En la provincia de Matagalpa, también en el norte, la organización reportó 4 femicidios, y en la Región Autónoma Atlántico Sur (RAAS), avisó de tres víctimas.

-          En Chinandega, provincia del noroeste, se informó de 2 asesinatos, mientras que en Carazo, Chontales, León, Masaya, Nueva Segovia y Rivas, hubo un caso en cada una.

-          “La violencia contra la mujer es quizá la más vergonzosa violación de los derechos humanos, no conoce límites geográficos, culturales ni de riqueza, mientras continúa no podremos afirmar que hemos realmente avanzado hacia la igualdad, el desarrollo y la paz”, informó la organización en un comunicado.

-          En 2013, un total de 67 mujeres falleció víctima del homicidio en Nicaragua, según los datos de la Policía Nacional, y 73, de acuerdo a los organismos defensores de las feminasa, 34 han terminado muertas este año, se imaginan cuantas están sufriendo violencia actualmente, Una media diaria de 97 hombres fueron denunciados por maltrato a la mujer en Nicaragua en el primer trimestre del año, informó este viernes la Comisaría de la Mujer de la Policía Nacional en el 2013, es decir que  en Nicaragua para el 2013 se reportaron aproximadamente  treinta y cuatro mil novecientas veinte (34’920)  denuncias de violencia contra la mujer, y esta es una media de las que si denunciaron, se imaginan el gran número oculto de las que no interponen denuncia???? Y viendo la suerte de las que si la pusieron, NO LAS CULPO, pero bueno, siempre hay que interponer la denuncia y luchar hasta el final.

Como conclusión dejamos el artículo número 2 de la Ley, donde se establece el ámbito de aplicación.

La presente Ley se aplicara tanto en el ámbito público como privado a quien ejerza violencia contra las mujeres de manera puntual o de forma reiterada. Los efectos de esta Ley serán aplicables a quien se halle o hubiere estado ligado por;
1.      RELACION DE  CONSANGINIDAD, AFINIDAD,
2.        SUJETOS O TULELA,
3.        CONYUGE, EX CONYUGE,
4.       NOVIOS, EX NOVIOS, CONVIVIENTE EN
5.       UNION DE HECHO ESTABLE, EX CONVINION DE HECHO ESTABLE,
6.       RELACION AFECTIVA, DESCONOCIDOS
7.        ASI COMO CUALQUIER RELACION INTERPERSONAL  QUE PUEDA GENERAR ESTE TIPO DE VIOLENCIA

Actualmente existe un debate sobre los sujetos aplicables, dice la Policía Nacional que solo cuando existe relación entre el hombre y la mujer podrá ser utilizada la Ley 779, dejando fuera a los; acosadores, enamorados, violadores, etc.

Aunque usted no lo crea, un magistrado de la EXCELENTÍSIMA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, 
dijo que él! se inclinaba por la  interpretación que estaba haciendo la Policía, mmmm, quien dice que la Policía Nacional puede interpretar la Ley?, estemmmmmm, mmm…hammm. Interesante, alguien falto a su clase de introducción al Derecho.

También podemos decir que la corrupción del sistema social y la administración de justicia suceden en todas partes del mundo, algunos lugares en mayor grado , en los grandes países desarrollados, la corrupción y la pantomima de la justicia se da a otros niveles, con más maquillaje y cuidado, pero al final es corrupción.

Pero bueno, ya me despache hermoso con la  administración pública, hay que aceptar que hay algunos funcionarios probos y eficientes, el problema es que no son mayoría, mientras sigamos teniendo el problema sistémico, social, judicial y educativo, nunca, pero nunca, lograremos detener este flagelo que tanto daño hace a las familias nicaragüenses.

Siempre trato de enfocarme en  propuestas y la crítica constructiva, lamentablemente esta realidad del 
sistema social y judicial golpea fuertemente el optimismo de las personas, la única propuesta que se me ocurre es la solución más eficiente creada por la humanidad para resolver un problema social, político y económico, la educación, la educación de calidad, ensenar a los niños que una mujer es sagrada, que una mujer es una madre, una hermana, un hija, una abuela, una tía, un amor, una esposa, un compañera, una ser extraordinario, igualdad de género, respeto, destrucción del patriarcado.

Las mujeres son las principales responsables en la lucha por erradicare la violencia contra la mujer, las mujeres crían a los hombres, las mujeres tienen que dejar de promover el patriarcado, las mujeres tienen que administrar justicia en todo la amplitud de la palabra, si sigue la guerra de mujeres contra mujeres, los agresores seguirán impunes, si no se castiga con todo el peso de la ley a los agresores, la violencia nunca será erradicada y seguiremos contando 34/34/34.


jueves, 26 de junio de 2014

EL GRAN CANAL INTEROCIÁNICO DE NICARAGUA


Si la patria es pequeña, uno grande la sueña.”

RUBÉN DARÍO


Mi primera reacción ante la aprobación de la Ley 800, LEY DE RÉGIMEN JURÍDICO DE EL GRAN CANAL INTEROCEÁNICO DE NICARAGUA Y DE CREACIÓN DE LA AUTORIDAD DEL GRAN CANAL INTEROCEÁNICO DE NICARAGUA” Publicada en la Gaceta número 128, del lunes 9 de julio del 2012, me genero  curiosidad.

Cuando se firmó el Acuerdo Marco y la Ley 840 LEY ESPECIAL PARA EL DESARROLLO DE INFRASTRUCTURA Y TRANSPORTE NICARAGUENSE ATINGENTE A EL CANAL, ZONAS DE LIBRE COMERCIO E INFRACTRUCTURAS ASOCIADOS, publicadas en la gaceta número 110 del viernes 14 de junio del año 2013 y el Acuerdo Marco de Concesiones y documentos anexos, mi primera reacción fue hacia la radicalización anti-canal, conforme avanzaba el debate, comprendí que  el  debate  Nacional sobre el Canal Interoceánico podría ser utilizado para lograr objetivos positivos para el país.

Ante la famosa pregunta Canal si o Canal no, definitivamente voto “canal no”, sin embargo, muchos involucrados en el debate se detienen ante la simplicidad de la pregunta  y creen que todo termina en esta pregunta, obviando sin lugar a dudas, la magnitud del debate.

La primera preocupación lógica es la afectación al Lago de Nicaragua, digan lo que digan, es imposible no afectar gravemente el lago, sin embargo estoy consciente de que el Lago ACTUALMENTE, está siendo afectado gravemente, como estamos ahora, con Canal o sin Canal, nos quedamos sin Lago.

En lo relativo al Acuerdo Marco y la Ley 840 considero que hay suficiente documentación para los que quieran conocer a fondo el análisis jurídico, considero que el proceso de aprobación de la Ley no fue el apropiado, ni se debatió en la Asamblea Nacional, una vergüenza total, en cualquier país serio se discutirá ampliamente una concesión de esta magnitud, los abogados del diablo dirán que para lograr cerrar este tipo de negocios se necesita celeridad y concesión de soberanía.

Para conceder los derechos soberanos de los recursos naturales de la Nación,  es indispensable realizar una consulta popular por medio de los mecanismos establecidos por la Ley, ( referéndum o plebiscito).

Me resulta idiota el argumento de que los samaritanos de China están arriesgando 600 millones de dólares y los nicas no estamos poniendo nada, primeramente estamos poniendo nuestro territorio, nuestro lago, tierras, bosques, ríos, riquezas naturales, biológicas, fauna y flora que será afecta por este megaproyecto y encima de eso hipotecamos nuestras reservas del Banco Central.

Si a usted le proponen hacer un canal por su finca, o su casa, usted saldría diciendo en la tele que usted no está PONIENDO NADA!!!!, más que burro seria no?, por esta razón me preocupa ese argumento, el chino veloz lo único que está poniendo es papel moneda, un abstracto de la economía, nosotros ponemos cosas tangibles, o es que acaso no estamos bebiendo agua del Lago en Juigalpa, Rio San Juan, belén , Morrito y otras comunidades de Nicaragua, solo en Juigalpa se benefician aprox.  80  mil personas, no se puede perdonar el funcionario público o empresario que salga con la BURRADA de que Nicaragua no está poniendo nada en este Negocio y en encima de todo esto empeñamos las reservas internacionales del país..

Sin embargo, no estoy totalmente en contra del debate, podremos convencer al chinito veloz a que invierta en plantas de tratamiento de agua residual en todos los municipios que cubren la geografia del cocibolca para utilizar el agua para comercializarla con Centroamerica, estás loco dirán algunos, vas a vender el agua, pero bueno, entre canal y vender agua , prefiero  ser vende agua,.

El Negocio de vender agua pasa por conservar el Lago Cocibolca, por cuidar el ambiente,  de la calidad del agua dependería la factibilidad financiera del negocio, estoy de acuerdo en que el sistema económico mundial, la económica de mercado y el capitalismo salvaje solo ha generado cosas negativas para la humanidad, también estoy en contra de la mercantilización de los recursos naturales, pero mientras dura el debate económico, considero que es fundamental utilizar el sistema económico para conservar los recursos de la tierra.

Aquí un extracto de una excelente propuesta sobre un problema similar al canal, el enriquecimiento de una Sociedad Anonima sobre el Lago Cocibolca,  esta propuesta deberia ser impulsada por todas las personas que consideren que es una buena idea, el debate sobre el Canal es un excelente momento para levantar esta bandera, la propuesta fue hecha por el científico nicaragüense Salvador Montenegro, una autoridad en el tema de agua.
         
¿Vale la pena contaminar el Lago Cocibolca aún más para enriquecer a una empresa anónima?

-     ¿Cuánto realmente vale el agua en el Gran Lago Cocibolca?

-    Este Lago tiene valor ecológico, ambiental, cultural, social, estratégico, económico, entre otros. Ocupémonos por razones de espacio solamente del último valor en la lista: el económico

-      La producción de agua en el Gran Lago ha sido cuantificada por el Ineter. En promedio por cada segundo el lago descarga 478 metros cúbicos de agua a través del río San Juan. En un segundo, ¡casi medio millón de litros de agua abandonan el Gran Lago!

-      Es decir, cada día como promedio se produce 41,299.200 metros cúbicos de agua. El valor de mercado del agua potable en Nicaragua, establecido por INAA y Enacal, (cifras del Banco Central) es de C$ 14,6761 córdobas por metro cúbico (1,000 litros), valor promedio para uso industrial en 2005. Es decir, en un día cualquiera promedio, el Gran Lago Cocibolca es capaz de generar valor económico por C$ 606,111.189 (equivalentes hoy a US$ 34,993.660), hablando solamente del valor de mercado del agua potable.

-          ¿Qué otro negocio podría desarrollarse en Nicaragua que reditúe 35 millones de dólares por cada día de operación? Si esto parece irreal, los 17 millones que esperan vender en filetes de tilapia para felicidad de unos pocos a cambio de cada año de contaminación, claramente no valen las tres mil toneladas de heces que deben disolverse en el agua que necesitamos convertir a divisas, a salud y educación. Claramente, el interés nacional debe prevalecer sobre el privado.

-          Naturalmente, habrá que hacer muchas inversiones si algún día Nicaragua entra al mercado internacional de suministro del bien más preciado en el mundo actual: agua limpia. La exportación sostenida del excedente de nuestra agua, por modesta que sea, debe constituirse en atractivo eje de desarrollo para Nicaragua. Esto necesariamente implica la inversión en resolver cada uno de los problemas ambientales que afectan al Cocibolca, tanto los problemas “prohibidos” como los “legales”, específicamente el de la contaminación autorizada con peces hacinados en jaulas flotantes.

-          Otros beneficios adicionales de sanear y rehabilitar el ambiente se relacionan con beneficios sociales directos, como el mejoramiento de la salud pública, al disminuir los focos infecciosos, y sea mencionado sólo de paso el incremento en atractivos turísticos, que constituyen otro importante rubro relacionado con la salud del cuerpo de agua y desarrollo económico de trascendencia nacional.

-          La condición indispensable para considerar un negocio sostenible con esta agua es proteger su calidad. Los municipios que integran el mosaico de territorios que conforman la cuenca del Gran Lago podrían sacar de la pobreza en que se debate a todo el país, si se organizan adecuadamente para proteger y aprovechar este recurso.

-          ¿Cuándo vamos a integrar este activo a nuestra economía, para el bienestar de la sociedad nicaragüense? ¿Cuál será el costo en pérdida de oportunidades y vidas humanas en Nicaragua, por no asumir nuestra responsabilidad y corregir estos errores? www.EcoPortal.net

Naturalmente el debate sobre el Gran Canal interoceánico de Nicaragua será intenso, los estudios  de impacto ambiental tendrán que ser analizados y publicados ampliamente, esperemos que nuestra comunidad Académica, Científica, de Estudiantes, ONG, Empresarios y Funcionarios Públicos y demás fuerzas vivas de Nicaragua, logren identificar los aspectos positivos del debate y así lograr juntos y en consenso, construir un mega- proyecto de conservación ambiental.

Algunos dirán que es pura utopía,  los escépticos son los últimos soldados de la realidad, el que nunca creyó en un futuro mejor nunca lo vio, todo lo lindo de esta civilización ha sido logrado por personas que si creyeron en algo positivo cuando la mayoría todavía no lograba entender que la humanidad y todas las Naciones pueden construir cualquier cosa que logren construir en su mente, es por esta razón que el ideario popular ( la conciencia del pueblo) es el pilar fundamental en que se basa la realidad del Estado,

 Si seguimos pensando que todo está mal, todo va a estar mal, si comenzamos a pensar que todo puede estar mejor, y el  pensamiento se convierte en palabra y la palabra en acción y la acción en repetición y la repetición en costumbres propositiva, positiva y constructiva, y este ejercicio   se vuelve viral, estoy seguro que lograremos construir un mejor País desde el ideario popular, el cual está íntimamente relacionado con la realidad de nuestro pueblo, nada más claro que las inmortales palabras de Darío, “Si la patria es pequeña, uno grande la sueña”